Las ciudades de refugio
(Nm 35.9-28)1 »Cuando el Señor tu Dios haya destruido a las naciones cuya tierra el Señor tu Dios te da en posesión, y tú la hayas ocupado y habites en sus ciudades y en sus casas;
2 en la tierra que el Señor tu Dios te da en posesión apartarás tres ciudades.
3 Dividirás en tres partes la tierra que el Señor tu Dios te da en posesión, y arreglarás los caminos para que todo homicida pueda huir a ellas.
4 »Estas son las reglas para el homicida que huya a ellas: vivirá el que, sin proponérselo y sin antes haber tenido enemistad con su prójimo, lo hiera de muerte.
5 Por ejemplo, si va al monte a cortar leña en compañía de su prójimo y, al soltar el golpe con el hacha para cortar algún árbol, esta se suelta del mango y golpea a su prójimo y este muere; entonces podrá huir a una de estas ciudades, y quedar con vida.
6 De lo contrario, si el camino es largo, el que quiera vengar al muerto podría perseguir al homicida y alcanzarlo y, enfurecido, herirlo de muerte, cuando en realidad no merecía morir porque nunca antes medió enemistad con su prójimo.
7 »Por lo tanto, yo te mando que apartes tres ciudades.
8 Y si el Señor tu Dios ensancha tu territorio, como se lo juró a tus padres, y te da toda la tierra que prometió dar a tus padres,
9 entonces a estas tres ciudades añadirás tres más, siempre y cuando cumplas todos estos mandamientos que hoy te prescribo, y los pongas por obra, y ames al Señor tu Dios y vayas siempre por sus caminos.
10 Así no se derramará sangre inocente en la tierra que el Señor tu Dios te da en posesión, ni serás culpado de derramar sangre.
11 »Pero si alguien aborrece a su prójimo y lo acecha, y se levanta contra él y le quita la vida, aunque huya a alguna de estas ciudades
12 los ancianos de su ciudad mandarán sacarlo de allí, y lo entregarán al vengador del homicidio para que lo mate.
13 No lo compadezcas, sino quita de Israel al que derrame sangre inocente. Así te irá bien.
14 »Cuando tomes posesión de la tierra que el Señor tu Dios te da, no reduzcas los linderos de la propiedad de tu prójimo, que tus antepasados fijaron.
Leyes sobre el testimonio
15 »En caso de algún delito o pecado relacionado con alguna ofensa cometida, no se tomará en cuenta contra nadie a un solo testigo. La acusación se mantendrá solo por el testimonio de dos o tres testigos.
16 »Cuando algún testigo acuse falsamente a alguien,
17 las dos partes se presentarán delante del Señor, y delante de los sacerdotes y jueces que en esos días estén en funciones.
18 Los jueces investigarán el caso, y si el testigo resulta ser falso, y falsamente acusa a su hermano,
19 entonces se hará con él lo que él había pensado hacer con su hermano. Así quitarás el mal de en medio de ti,
20 y el resto de la gente se enterará y temerá, y no se volverá a cometer una maldad semejante en tu medio.
21 »No tengas compasión de nadie. Vida por vida, ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie.
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